Mié 27.Nov.2024 15:30 hs.

Buenos Aires
T: 24.3°C  H: 70%

legislatura  | 

Proyecto - Urbanización del “Barrio Papa Francisco”-Villa 20-Lugano

Presentado conjuntamente por los Diputados Bodart, Bergel, Gonzalez Gass, Ramal, Vera.

31.07.2014 10:49 |  Noticias DiaxDia  | 

Artículo 1°.- Modificase el art. 1º de la ley 1.770 que quedara redactado
de la siguiente manera:
“Dispónese la urbanización del Barrio “Villa 20″ comprendida en el
polígono delimitado por las Vías del FFCC Gral. Belgrano en su
intersección con el eje de la Av. Escalada, por esta hasta la
intersección con el eje de la Av. Fco Fernández de la Cruz, por esta hasta
el eje de la calle Larraya, por este hasta el eje de la calle Cnel
Martiniano Chilavert, por este hasta el eje de la calle Larrazábal, por
este hasta el eje de la calle J. Barros Pazos, por este hasta el eje de
la calle Larraya, por este hasta el deslinde con el Distrito E2, (ver
deslinde), por este hasta el eje de la calle J.P.T Batlle y Ordoñez, por
este hasta el eje de la calle Pola, por este hacia el sureste hasta el
deslinde con el Distrito R2bII (ver deslinde), por este hasta la calle
Miralla, por ésta hacia el noreste hasta la calle J.P.T Batlle y Ordoñez,
por ésta hasta la calle Pola hasta deslinde con el Distrito R2bII (ver
deslinde), hasta la calle Miralla, por ésta hasta la intersección con el
deslinde de vías del Ferrocarril”.

Art. 2º.- Modificase el art. 2º de la ley 1.770 que quedara redactado de
la siguiente manera:

El predioubicado dentro del polígono del art. 1, delimitado por las
calles, Pola, Av. Francisco Fernández de la Cruz, Av. Escalada y las
denominadas manzanas 28, 29 y 30 del Barrio “Villa 20, se utilizará para
construir las nuevas viviendas que requiera la urbanización de la “villa
20” y las viviendas para las familias que se encuentran asentadas en una
parte de este predio. Se deberá utilizar como referencia los parámetros
urbanos, sociales y culturales del anteproyecto “Propuesta de Programa de
saneamiento, construcción de viviendas, y trabajo en el barrio Papa
Francisco” que como Anexo I forma parte de la presente Ley.

En la adjudicación de las viviendas que se construyan en el predio
individualizado en el párrafo anterior se otorgará prioridad a las
familias que actualmente se encuentran asentadas en dicho predio.

Art. 3°.- Modificase el art 2° bis de la ley 1.770 que quedara redactado
de la siguiente manera:
Se tomará como base para realizar el padrón de adjudicatarios el último
censo realizado en la totalidad del barrio. Este deberá actualizarse en
forma previa a la implementación del Plan Integral de Reurbanización del
barrio.

Art. 4º.- Modificase el art. 3º de la ley 1.770 que quedara redactado de
la siguiente manera:
Créase la “Mesa de Planeamiento Participativo para la Reurbanización del
Barrio “Villa 20″, destinada a establecer, elaborar, impulsar la
ejecución y controlar el Plan Integral de Reurbanización del barrio. Este
deberá tener los siguientes elementos mínimos:

Diagnostico y sistematización de las problemáticas sociales y del hábitat.
Relevamiento de construcciones e infraestructuras existentes.
Medidas propuestas para mitigarlas y/o resolverlas.
Necesidad y ubicación de apertura de calles.
Carácter y alternativas de intervención para el mejoramiento de las
viviendas de la villa.
Listado de viviendas definiendo el carácter de la intervención a realizar
en las mismas.
Programa de necesidades de equipamiento social y comunitario a construir.
Programa de resolución de las infraestructuras de servicio.
Remediación de los suelos.
Tipología edilicia de las nuevas viviendas a construir y sus emplazamientos.
Nómina consolidada de adjudicatarios/as con las respectivas soluciones
habitacionales que se dispongan para cada uno/a de ellos/as.
Presupuesto preliminar estimado para la ejecución total del Plan Integral
de Reurbanización.
Queda establecida la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires como sede
principal del funcionamiento de la Mesa de Planeamiento Participativo sin
perjuicio de lo dispuesto en el art. 3 bis, último párrafo, de la presente
ley.

El/la Presidente/a de la Comisión de Vivienda de la Legislatura presidirá
y convocará a la misma con una periodicidad mínima mensual.

Aprobado el Plan Integral por la Mesa deberá iniciarse su ejecución en
forma inmediata.

Art. 5º.- Modificase el art. 3º bis de la ley 1.770 que quedara redactado
de la siguiente manera:
La “Mesa de Planeamiento Participativo para la Reurbanización del Barrio
“Villa 20″ estará integrada por:

Un representante por cada bloque de diputados/as que integren la Comisión
de Vivienda de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Un (1) miembro del Directorio del Instituto de Vivienda de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en calidad de representante de tal organismo.
Un (1) representante del Ministerio de Desarrollo Urbano y un (1)
representante del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, con rango no
inferior a Director General.
Un (1) representante de la Secretaría de Hábitat e Inclusión Social (SECHI).
Diez (10) representantes del Barrio Villa 20.
Cinco (5) representantes del sector individualizado en el Art 2°, conocido
como Barrio Papa Francisco.
Un (1) representante del Equipo que elaboró el anteproyecto
individualizado en el art. 2 de la presente ley.
La Mesa deberá realizar en la villa exposiciones periódicas y debates
sobre la evolución del proceso de urbanización de la villa. En estas
asambleas los habitantes del barrio tendrán el derecho a pronunciarse y
realizar manifestaciones relacionadas con el cumplimiento de la presenta
ley.Las Propuestas deberán ser documentadas debidamente y analizadas
expresamente por la Mesa.

Art. 6º.- Agréguese como art. 5º de la ley 1.770 el siguiente artículo:

La “Mesa de Planeamiento Participativo para la Reurbanización del Barrio
Villa 20″ tendrá, a los efectos de cumplimentar lo establecido en la
presente ley, las siguientes facultades:

La elaboración y control de la implementación del Plan Integral de
Reurbanización del Barrio. Para la elaboración del mismo se tomará como
base los datos que surjan del censo, del relevamiento y de los padrones
dispuestos en el Art. 2º bis de la presente ley.

La remisión a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los
proyectos de rezonificación que resulten necesarios.
La generación de los mecanismos adecuados para disponer la regularización
dominial y catastral de los inmuebles afectados al proceso de urbanización
con fines de vivienda única del grupo familiar.
La realización de las gestiones necesarias para la provisión de servicios
públicos y para la remoción del depósito de autos emplazado actualmente en
predios del Barrio.
La solicitud de informes a los distintos organismos de la administración
pública, y a toda persona física y/o jurídica, que sean necesarios para el
funcionamiento de la Mesa.
La elaboración de mecanismos adecuados para garantizar la implementación
de criterios uniformes en la construcción de viviendas nuevas y en la
consolidación de las existentes: apertura de la vía pública, equipamiento
e infraestructura a fin de alcanzar la integración total a la trama urbana
del barrio y la periferia.
Art. 7º.- Agréguese como art. 6º de la ley 1.770 el siguiente artículo:

La “Mesa de Planeamiento Participativo para la Reurbanización del Barrio
“Villa 20″ deberá constituirse en un plazo no mayor a quince (15)
días hábiles de la fecha de publicación de la presente, y deberá finalizar
la elaboración del Plan Integral de Reurbanización en un plazo de seis (6)
meses a partir de que los representantes del Barrio se incorporen a la
Mesa.

Art. 8º.- Agréguese como art. 7º de la ley 1.770 el siguiente artículo:

No podrán efectivizarse desalojos forzosos en el barrio individualizado en
el Art. 1º, desde la entrada en vigencia de la presente ley ni durante la
implementación del Plan Integral de Reurbanización. Para aquellos actuales
habitantes -de acuerdo al artículo 2º bis- cuyas viviendas necesiten ser
relocalizadas se garantizará, en acuerdo con los mismos, una solución
habitacional adecuada y de similares características dentro del Barrio.

Art.9 º.- Agréguese como cláusula transitoria primera de la ley 1.770 el
siguiente artículo:

CLÁUSULA TRANSITORIA PRIMERA.- La “Mesa de Planeamiento Participativo para
la Reurbanización del Barrio “Villa 20″” deberá dictar, en un plazo
no mayor a los quince (15) días hábiles de su constitución, su Reglamento
Interno de Funcionamiento.

Art. 10°.- Comuníquese, etc.

Fundamentos:
Señora Presidenta:

En el año 2005 se sancionó la ley N° 1.770, que dispuso la urbanización de
la villa 20. En 2006, se produce una acción judicial para que se cumpla
con los dispuesto por la ley 1.770 y se sanee la tierra anexa al barrio
donde se encontraba un cementerio de autos de la policía federal (parte de
ese terreno hoy forma parte del Barrio Papa Francisco). Esa misma causa
continúa hasta la fecha, con poca reacción por parte del Poder ejecutivo y
desde hace un año del juzgado interviniente.

En el año 2008 se sancionó la ley N° 2.724 que declara la emergencia
ambiental y sanitaria y de infraestructurade de villa 20, que se prorrogó
durante dos años, que además de solicitar el saneamiento de la tierra
comprometía al poder ejecutivo a realizar un estudio epidemiológico a los
habitantes de la villa, ya que se detectaron numerosos casos de niños con
plomo en sangre, lesiones ocasionadas por la contaminación de la tierras.
Esta ley nunca se cumplió.

Durante varios años existió sobre estas tierras oficinas y un obrador de
la Fundación Madres de Plaza de Mayo. Un convenio firmado con el Instituto
de Vivienda de la ciudad le otorgó la construcción de 1.600 viviendas.
Nunca se realizaron.

También la ACUMAR debió tomar intervención en esta problemática, obligada
por la causa Mendoza, que exige la recomposición socio ambiental del
Riachuelo. Por la misma la villa 20 está incluida en los asentamientos a
intervenir. Existió un llamado a licitación para realizar estudios de
contaminación del suelo. Nunca se abrieron los sobres.

En febrero de 2014, se produce la ocupación de parte del terreno donde se
ubicaba el cementerio de autos y luego de meses de infructuosas
negociaciones con el GCABA, los habitantes del barrio comenzaron a
planificar y proyectar su propio barrio en el terreno que por ley se
encontraba afectado a la urbanización de la villa 20. Para ello, contaron
con el asesoramiento del equipo de profesores del Taller Libre de Proyecto
Social de la FADU/UBA[1] que ha elaborado los lineamientos y propuesta, a
pedido y en trabajo conjunto con los 21 delegados de las familias que se
encuentran asentadas en el predio, familias que vivían alquilando
habitaciones en condiciones de precariedad y hacinamiento. [2]

El objetivo del anteproyecto es realizar una propuesta de urbanización del
predio asignado por Ley 1770/05 para las familias emergentes de la villa
20 y del esponjamiento para su urbanización, que brinde respuesta a la
remediación y construcción de las viviendas necesarias simultáneamente y
manteniendo las familias en el predio.

Del dialogo y trabajo compartido entre el equipo de profesores y los
habitantes del barrio, en visitas, relevamientos de la situación
social-habitacional, participación de asambleas, reuniones de delegados,
de las presentaciones en comisión de vivienda de la Legislatura, la
defensoría, el Instituto de Vivienda de la Ciudad, y los talleres de
trabajo, fueron tomando forma los lineamientos y propuestas que
enriquecieron el proyecto.

[1] El Taller Libre de Proyecto Social es una cátedra libre en la Facultad
de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la UBA, fundada en el 2002 y
reconocida como cátedra por el Consejo Directivo en el 2006. Busca llegar
con la arquitectura y el diseño a los lugares a los que no ha llegado.
Integra formación, investigación y extensión articulando acuerdos de
trabajo con organizaciones territoriales. Ver www.tlps.com.ar

El trabajo se realizó por Profesores del Taller Libre de Proyecto Social,
Arqs. Fermín Estrella , Beatriz Pedro y Mauricio Contreras, también
profesores de grado y posgrado de la Facultad de Arquitectura, Diseño y
Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires.

La Universidad en sus estatutos fija como una de sus obligaciones el
estudio y asesoramiento para la resolución de los problemas que aparecen
o se mantienen sin solución en el área de influencia de esta casa de
estudios en cada una de sus disciplinas particulares y a nivel nacional.

Nuevo Proyecto

Sobre la base de atender la gravedad de la situación socio-habitacional de
las familias asentadas, demanda articulada con el incumplimiento de la Ley
1770/05 por más de 9 años, se anexan los fundamentos de la tarea que la
cátedra de Taller Libre de Proyecto Social viene realizando y que dan
respuesta a tres aspectos: la legitimidad del reclamo, sobre la
contaminación y descontaminación del terreno y la elaboración de un plan
progresivo de saneamiento, construcción y ocupación transitoria.

Es por todo lo expuesto, y atendiendo a la urgencia que requiere la
situación de emergencia en la que se encuentran expuestas las familias de
villa 20 en general, y del Barrio Papa Francisco en particular, es que
solicitamos la pronta aprobación del presente proyecto de ley.

Propuesta de Programa de saneamiento, construcción de viviendas, y trabajo
en el barrio Papa Francisco.

Lineamientos de la propuesta.
Memoria descriptiva del Proyecto de Urbanización.
Sobre el saneamiento, la ejecución y la construcción.
Emprendimientos Productivos.
Asignación de viviendas.
Consultorios de urbanismo y arquitectura para el diseño definitivo de
viviendas y espacios comunes.
Remediación, Construcción y viviendas transitorias.
1- Lineamientos de la propuesta

1.1 Cantidad y razón del número de viviendas planificadas.

Se planificó una cantidad de 2.300 viviendas (1.500 de 3 dormitorios y
800 de 2 dormitorios), número superior a las familias asentadas en el
predio (número a verificar por Censo del Instituto de Vivienda de la
Ciudad) y al número de 1.700 viviendas que plantea la Ley 1770/05.

La razón de esta decisión está en el pedido de los delegados, de elaborar
una propuesta que diera lugar solidariamente a las demás familias
alquiladoras de la villa 20 y de otras villas de la ciudad, que no se
habían atrevido a solicitar la resolución de sus derechos legales
otorgados por la Ley 1770/05 y no cumplimentados en tiempo y forma por
los diferentes Gobiernos de la CABA durante los 9 años seguidos a la
mencionada ley. Y a las familias que se relocalicen por las medidas que se
deriven del esponjamiento de la villa 20.

1.2 – Razones generales del Diseño Urbano elegido.

Se diseñó en función de las pautas fundamentales de la Corriente de
Urbanismo Social [1] a la que adherimos, que busca aportar propuestas para
resolver desde el reconocimiento integral de las necesidades de los
afectados, a diferencia de la Corriente del Urbanismo Inmobiliario cuyo
objetivo fundamental es prioritariamente el aumento de la Renta Urbana y
la provisión de vivienda y servicios a los usuarios que lo puedan
adquirir.

2- Memoria descriptiva del Proyecto de Urbanización del Barrio Papa
Francisco, propuesta de Vivienda, Urbanismo Social, Uso de Tecnologías
Adecuadas para Emprendimientos y Generación de Empleo Permanente Villa
Lugano, Villa 20, Comuna 8, CABA. (Ver esquema en el texto y plano anexo).

2.1 Sobre la propuesta de urbanización del predio y la implantación en el
terreno.

Se solicitara normativa especial para la realización del conjunto. Se
propone realizar un conjunto de 4 barrios de viviendas de media densidad,
articulados por una calle boulevard, con espacios para actividades
comunitarias, cada uno delimitado por calles vehiculares transversales,
constituyendo 10 manzanas de dimensiones diferentes. (ver el siguiente
plano anexo).

En relación con las avenidas y sus características de velocidad y
tránsito: el conjunto tendrá un retiro sobre la avenida Cruz en el que se
desarrollará un parque lineal y zona verde de 12ms, que se constituya en
protección y transición de la vida vecinal, que además permita la
remediación fitosanitaria de esta zona que es la más afectada por la
contaminación.

En relación con las viviendas de las manzanas 28, 29 y 30 de la Villa 20:
se dejará el pasaje peatonal existente llevándolo a 6 m de ancho en toda
su extensión y se articularán las calles transversales en relación con las
calles de la villa 20, posibilitando conexiones que se puedan consolidar
en el esponjamiento y mantener los lazos amistosos, familiares y
culturales a través de la continuidad de la trama de calles principales
existentes.

[1]Esta corriente llama Urbanismo Social al Diseño
Urbano-territorial-ambiental cuyas pautas principales primeramente son
el mejoramiento de la calidad de vida socio económica y cultural
respetando los patrones de avecinamiento, valor agregado social urbano,
escala humana en la gradación de zonas urbanas ,generación de trabajo
permanente, provisión de alimentos, uso de energías renovables ,
tratamiento de desechos en origen, provisión del Equipamiento Social y
Servicios Urbanos no prescindibles para las familias involucradas en un
todo de acuerdo con las razones e intenciones que requiere la
Declaración de Derechos Humanos de NNUU suscripta por la Nación
Argentina.

Nuevo Proyecto



2.2 Sobre la trama de circulaciones: boulevard central con equipamientos
comunitarios articulando calles vehiculares y peatonales.

2.2.1 Un Boulevard Central Jardinado atravesará el predio desde la calle
Pola hasta la Av. Escalada, conectando las calles vehiculares y
peatonales perpendiculares a ella, que permitirán el acceso a todas las
viviendas del conjunto y contendrán los Centros de Actividades
Comunitarias de los 4 barrios en los que se articula el conjunto.

La calle boulevard comenzará desde la calle Pola hasta la Avenida Escalada
(siguiendo aproximadamente la línea de la Avenida Cruz), será de 14ms de
ancho con veredas de 1,50m (total 17ms).

Las calles transversales que empiezan en la actual línea de borde de las
manzanas 28, 29 y 30 (hasta tanto se realice el esponjamiento) tendrán
salida a la avenida Cruz y serán vehiculares de 7ms de ancho con veredas
de 1,50m (total 10ms). Estas calles siguen la dirección de la trama de
calles y pasajes de la villa 20.

Trama interna de las manzanas: se organizarán en pasajes de 6ms de ancho
que serán los accesos a los edificios de viviendas. (ver plano)

2.2.2 Centros de Actividades Comunitarias: cada barrioen 4 Puntos
Significativos contará con sus espacios para actividades comunitarias
sobre la calle principal, donde se ubicarán las Plazas Públicas y el
Equipamiento Social cercano a todas las familias articulando el
conjunto en cuatro sectores a escala humana peatonal. Sobre la calle Pola
se destinará un predio para un Centro de Uso Comunitario compartido con
los barrios vecinos.

2.2.3. La Avenida Principal Jardinada contendrá una columna de
iluminación urbana coincidiendo con el acceso de cada calle secundaria
para iluminar los accesos y ubicar los carteles que denominen a cada calle
y faciliten su ubicación. El Jardinamiento y Paisajismo de esta avenida
la transformará en un espacio verde lineal, compacto con escala posible
de mantenimiento que podrá contener plantas de ornato y las esculturas
de Arte Urbano que vaya produciendo la comunidad en los espacios
Culturales y de que estarán ubicados en los cuatro Centros de
Actividades Comunitarias.

Las dos cabeceras de acceso y salida de la Avenida principal contienen un
cantero triangular que articula las dos manos de circulación y contiene
un monolito escultórico de 5 metros de altura de hormigón armado con el
nombre del Conjunto.

Estos Puntos Significativos dan el “desde dónde” y el “hasta donde” se
extiende la Identidad Urbana del Conjunto Social. El objetivo no es
remarcar la Individualidad Urbana Segregacionista del resto de la Villa 20
sino permitir la Identidad Urbana de ese grupo de habitantes. El patrón
urbano “yo soy de aquí” que nos señala Cristopher Alexander.

En el Conjunto, las calles secundarias alineadas y rectas facilitan el
tendido de las redes cloacal, de agua potable, electricidad, gas y
teléfono.

Nuevo Proyecto

Edificios de 2 o 3 departamentos por piso, que pueden contener entre 8 a
11 departamentos, sin ascensores con terrazas verdes con espacios de
trabajo y guardado. Organizados en unidades de dos edificios, con
escaleras y espacios verdes compartidos y controlables, de forma de
facilitar consorcios chicos perfectamente administrables.

2.3.1 Agrupamiento de unidades de a dos edificios en sub-manzanas.

Cada Pasaje con 7 m de ancho da acceso a los edificios agrupados de a dos,
en los cuales se accede a 16 o 22 viviendas entre ambos, y permiten el
acceso y salida peatonal o de una ambulancia.

Se organizan en sub-manzanas a las que se accede por los pasajes. Se
plantea un patrón de agrupamiento que dé accesos a 10 edificios de 8
viviendas cada uno, es decir un máximo de 80 viviendas. A 4 personas
promedio por vivienda, esta forma de agrupamiento daría un máximo de 320
personas por pasaje, lo que permite un alto grado de conocimiento social e
Identidad Vecinal a las familias que comparten las calles de acceso.

El agrupamiento de dos edificios tiene escalera compartida y no tiene
ascensor, aunque es posible el día de mañana colocar uno contiguo a la
escalera. Esto se debe a que de la experiencia de las familias de la
Comuna 8 y del el estudio de los Conjuntos Urbanos Sociales, se comparte
la experiencia que arroja que el ascensor es un elemento perturbador de
las relaciones entre los vecinos porque produce gastos de mantenimiento y
cuando no funciona, impide la correcta vida cotidiana de los habitantes.
Véase el Conjunto cercano de Lugano 1 y 2, Soldati, o los múltiples casos
de Conjuntos Fonavi que tienen ascensor.

Nuevo Proyecto


2.3.2 Acceso a las viviendas: cada edificio puede contener entre 8 a 11
viviendas, en 2 o 3 departamentos por piso. Cada escalera sirve a dos
edificios a los cuales se accede por escalera recta con baranda maciza
de 1m de altura para seguridad de que los niños no puedan trepar o
caerse. Se podrá colocar ascensor contiguo a la escalera.

2.3.3 Espacios Verdes Privativos: cada 2 edificios, 16 viviendas, 64
personas promedio, comparten 140m2 de espacios verdes privativos, es decir
8.75m2 de espacio verde por vivienda, 2,78m2 por persona.

Muy superior a los 5m2 por vivienda que tiene la Ciudad de Buenos Aires
en su conjunto. Que si sumamos los demás espacios verdes del conjunto
(franjas sobre Av FFde la Cruz y Av Escalada, Calle Pola, Centros de
Actividades Comunitarias y Avenida Principal) aproximadamente arrojaría
unos 15m2 / vivienda. Sin contar la superficie verde de las terrazas
productivas.

La escala humana social y esta forma de distribuir y acceder a los
espacios verdes permite el control social, el mantenimiento sencillo de
los mismos, el uso de asadores comunes, una pileta de lona, y lugares de
asientos y mesas con tableros de juego incrustados y la posibilidad de
vigilancia de los niños pequeños desde cada vivienda, porque todas las
viviendas de cada núcleo de dos edificios dan a ese Espacio Verde
Privativo de Uso Común.

2.3.4 Terrazas Verdes Productivas cada edificio tiene un espacio en la
terraza común de 130m2 conectados por la escalera puente, de acceso a
cada piso de vivienda. Por lo que cada núcleo de dos edificios tiene una
Terraza Verde Productiva Accesible de 260m2.

Estos espacios están destinados a la producción: el 50% como terraza verde
lo que permite trabajar huertas en terraza que además de alimentos
provean mayor aislación térmica para el último piso y mayor protección de
la membrana hidrófuga de cada edificio. El otro 50% de las terraza de cada
edificio está techada por una cubierta liviana y sirve como dos salones
de uso múltiple de 70m2 cada uno edificio destinados a guardado, o
actividades sociales, productivas, educativas, de capacitación o
recreativas a la que lo destine cada grupo de familias del edificio.

2.4 Sobre los departamentos de vivienda

Se ha organizado la propuesta de manera de permitir varias tipologías de
viviendas a partir de la organización modular de la envolvente, que de
plantas flexibles.

Nuevo Proyecto

2.4.1 Modulación, envolvente y variedad tipológica.

Sobre la base de la modulación de la planta de cada edificio articulando
espacios de uso y espacios de circulación, y la organización vertical de
los núcleos húmedos, se posibilita que en cada planta de los pisos
superiores se puedan realizar dos departamentos de tres dormitorios o
tres departamentos de dos dormitorios.

Se proponen viviendas de una superficie de 65m2 o de 48m2, con un
Balcón-lavadero, Núcleo Húmedo de Baño Completo y Cocina con espacio para
cocina, mesada con pileta, heladera, muebles bajo mesada y altos todo a lo
largo del frente cocina.

El resto de la superficie del departamento se podrá entregar libre y vacía
para que cada familia la pueda subdividir como quiera y guste. Esto
permitirá un diseño individualizado de cada departamento para que cada
familia ayudada por el arquitecto del Grupo de Trabajo estructure su
espacio interior de acuerdo a sus necesidades y pueda cambiar y remodelar
su interior durante el tiempo de vida útil en el cual cambian los usos
del espacio interno. Se representa esto en el dibujo donde se muestran los
cuatro departamentos por piso.

2.4.2 Vivienda habitable y productiva[1]: El Departamento tipo se muestra
como un diseño de departamento de 3 dormitorios (en términos generales:
uno para la pareja, otro para las hijas mujeres y otro para los hijos
varones). En cada Dormitorio caben dos personas en camas de un solo nivel
o 4 personas en camas marineras de dos niveles. En el estar se puede
ubicar el cuarto dormitorio complementario.

Cada dormitorio como se ve en el dibujo tiene los tres lugares
necesarios de toda vivienda popular: dormir, guardar y trabajar. Porque
cada dormitorio debe permitir que los que lo habitan: descansen,
guarden su ropa, trabajen, hagan los deberes, usen una computadora, una
máquina de coser o desarrollen actividades diversas.

La sala de Estar puede tener una cortina de género que pueda aislarlo
de las vistas y transformarlo en el cuarto dormitorio, temporario o
permanente, para pariente o visitas sin que esto perturbe el uso
habitual de la vivienda.

El Comedor tiene la opción de aislarse o unirse a la cocina como lo usa
la mayoría de las culturas populares. Y también tiene una mesada de
trabajo como la existente en los Dormitorios y/o en el Estar.

Todos los departamentos tienen un espacio exterior: el Balcón. En el
balcón se ubica el espacio lavadero-tendedero y cabe una mesa con dos
sillas para tomar el fresco o comer una noche de calor.

1- Sobre el saneamiento, la ejecución y la construcción.

3.1 El Desarrollo del Programa de saneamiento, urbanización y construcción
”Barrio Papa Francisco” tendrá tres instancias a saber:

1. La capacitación y organización de los vecinos en cuatro Grupos de
Construcción Cooperativos de Hombres y Mujeres mayores de edad que pueden
desarrollar el conjunto o dividirse zonas o barrios o sub-manzanas a su
cargo. No permitiéndose en ningún caso el trabajo infantil de niños o
niñas menores de edad.

2. El Diseño de todos los detalles Urbanos y Arquitectónicos se realizará
en un todo de acuerdo con las Pautas y Patrones del “Diseño Social
Participativo” en consenso con todas las familias intervinientes en el
Programa.

3. El Diseño Constructivo y las pautas, materiales y modalidades de
construcción se realizarán en un todo de acuerdo con las Pautas y
Patrones del “Diseño Social Participativo” en consenso con todas las
familias intervinientes en el Programa.

Estas tres instancias permitirán que la construcción sea ejecutada por los
propios vecinos asociados en forma cooperativa y la Dirección Técnica,
supervisión, asesoramiento y seguridad de obra será responsabilidad de
los arquitectos y de los profesionales que se designen por Vecinos y
Autoridades para auditar todo proceso social, organizativo, productivo
,constructivo y económico de las obras.

3.2 Sistemas Constructivos.

Sobre la propuesta de Sistemas de construcción queda abierta la
posibilidad de elaborar las construcciones con otras propuestas de
materiales en la totalidad o en parte del barrio, según consenso con las
familias.

Se propone como Sistema Constructivo a usar un “Sistema Tradicional
Racionalizado” cuyo diseño será realizado por los arquitectos y los
vecinos en un todo de acuerdo con las Pautas y Patrones del “Diseño Social
Participativo” en forma gratuita sin costo alguno. De la misma forma se
acompañará la planificación y camino crítico de la obra, la compra y
organización de los materiales y la prefabricación en el sitio de las
redes y arañas de las diferentes instalaciones.

El diseño de la estructura será modular y todas las columnas, vigas y
losas de cada edificio tendrán la misma dimensión exterior, cambiando su
armado de hierros cuando el cálculo lo indique. De esta manera para
realizar el hormigón armado de la estructura se usarán juegos normalizados
de encofrado de fabricación, armado y desarmado rápido y simple con
planos provistos por los arquitectos en forma gratuita sin costo alguno.
Los mismos se han usado para la producción de estructuras de hormigón
armado en los diversos conjuntos urbanos de vivienda social que han
realizado los arquitectos.

La forma de construcción es sencilla y respeta los Patrones de
Autoconstrucción de la Vivienda Popular que se pueden observar en casi
todas las Villas de Buenos Aires: estructura independiente de hormigón
armado de columnas, vigas y losas y muros de cierre exteriores de
distintos materiales posibles: ladrillo común o hueco visto o revocado,
bloques de hormigón, tableros de malla de acero con espuma aislante en su
centro y revocados a mano o con pistola de revocar.

Esto permite desarrollar una estética individualizada en cada edificio a
partir de muros con texturas, colores y revestimientos diferentes que
además puedan tener entrantes o salientes diferentes. De esta sencilla
manera cada grupo de 8 familias con el Arquitecto Asistente del Grupo
podrá participar en el diseño individualizando su edificio y dándole
identidad grupal.

Las instalaciones sanitarias son compactas en un solo núcleo y serán
accesibles para poder repararlas sin romper paredes ni losas y los
montantes verticales serán exteriores y se ubicarán en los
balcones-lavaderos en un ducto accesible y serán de 120-150mm para
facilitar la no obstrucción de los mismos.

3.3 Ahorro de Agua: se colocarán ahorradores de agua en baños (en duchas
y canillas) en cocinas y lavaderos (canillas) y en las Zonas Verdes
Comunes de cada edificio (canillas)

En el Reglamento de uso del Conjunto se prohibirá explícitamente el
lavado de veredas y autos mediante mangueras de riego. Se recolectará el
agua de lluvia de los techos de los Salones de Uso Múltiple de las
Terrazas Productivas para consumos no potables

3.4 Producción de Agua Caliente: la producción de agua caliente se
proveerá con calentadores solares planos de 1x2m cada uno, situados en la
azotea de los edificios formando parte de la cubierta del Salón de Uso
Múltiple Productivo.

3.5 Producción de Energía Eléctrica: un 30% de la energía eléctrica
domiciliaria será provisto por Generadores Eólicos sencillos. El consumo
de la iluminación urbana será provisto por pantallas de células
fotovoltaicas para cada una de las columnas de alumbrado público.

3.6 Residuos Domiciliarios: Se llevara a cabo la separación de residuos
domiciliarios en orgánicos e inorgánicos. El tratamiento de residuos
orgánicos se llevará a cabo en origen bajo la supervisión de la
Federación de Cooperativas Federadas Ltda (FECOFE) en consonancia con el
Proyecto que esta institución lleva a cabo en Huinca Renancó con 11
intendencias y con el apoyo del Ministerio de Agricultura, de la Nación y
el INTA.

4 - Emprendimientos Productivos.

Además de la autoconstrucción asistida y jornalizada de las obras del
conjunto, el Barrio Papa Francisco tendrá una población final
aproximada de 2.200 familias, lo que significa un mercado semi-cautivo de
aproximadamente 8.800 personas. Estas familias serán consumidores de
una serie amplia de productos y servicios, algunos de los cuales podrán
ser producidos y comercializados por ellos mismos para generar un
porcentaje importante de empleo y trabajo permanente.

Se propone abordarlo por los vecinos del conjunto organizados en
Cooperativas de Emprendimientos Productivos y con el apoyo de los
Programas de los Ministerios de Acción Social y de Trabajo de la Nación
en los siguientes rubros:

4.1. Producción de Alimentos: la Producción de Alimentos por los vecinos
del conjunto en Terrazas, Espacios Verdes, Locales Comunitarios y
Domicilios Particulares: será auditado y dirigido bajo la supervisión del
INTA y la Dirección de Bromatología de la CABA.

Con especial cuidado por la contaminación del suelo natural producida por
la incorrección de la Policía Federal en la organización del Cementerio de
Autos (ya levantado) en el sector del terreno ocupado por los vecinos y
en el sector intrusado actualmente por la Policía Federal en el cual se
encuentra una zona de Cementerio de Autos actual.

4.2. Producción de Manufacturas y Productos Comercializables: en los
espacios y locales habilitados para esto en los Centros de Actividades
Comunitarias de cada sector.

4.3. Producción de Servicios: en los Espacios Productivos y en los mismos
domicilios de los habitantes que se inscriban para los siguientes
rubros:

- Servicios, reparaciones y mantenimiento domiciliario y barriales agua,
electricidad, gas, albañilería, techados, pintura.

- Servicios Culturales: Educación, Ayudas Escolares, organización y
conducción de actividades en los Centros Culturales,

- Servicios de Salud: para esto se deberán capacitar y obtener su
certificado habilitante como ayudantes de los médicos del sector. En
enfermería, curaciones, inyecciones, presión arterial, acompañamiento
terapéutico.

- Servicios Administrativos Urbanos y Cooperativas de Emprendimientos.

- Servicios comerciales de abastecimiento a la población del barrio y
alrededores.

4.4. Producción del Reciclado de Residuos Domiciliarios no orgánicos: se
organizarán grupos de recicladores urbanos que comerciarán lo producido
con la misma modalidad de “Buenos Aires Verde” de la CABA.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, los Legisladores y los
Comuneros de la C8 prestarán el apoyo necesario y suficiente para la
realización de este Proyecto Piloto de Vivienda y Urbanismo Social y
Productivo con generación de trabajo permanente cuyos resultados podrán
ser aprovechados en el desarrollo de planes similares para las poblaciones
deficitarias de la CABA.

5- Consultorios de urbanismo y arquitectura para el diseño definitivo de
viviendas y espacios comunes.

Se propone constituir equipos de arquitectos, estudiantes de arquitectura
y trabajadores sociales, con el asesoramiento de abogados y contadores,
que trabajen en las unidades de dos edificios para el diseño definitivo de
las viviendas con cada familia adjudicataria.

Se realizara a través de talleres con las familias de cada unidad de dos
edificios y con consultorios personalizados por familia.

6- Plan integral de Remediación, Construcción y viviendas transitorias

6.1. Plan de remediación.

Si bien proponemos que se realice una nueva evaluación del Pasivo
Ambiental del predio, hemos elaborado un proyecto que separa las zonas más
contaminadas (según la evaluación presentada por el gobierno de la
ciudad), dejándolas libres para iniciar en ellas un proceso de
fito-remediación. (ver en el plano siguiente, las zonas indicadas con
gris)

Respecto de la construcción en la superficie restante, proponemos
delimitar las manzanas y sub-manzanas. Demarcar por etapas las
construcciones y realizar las fundaciones correspondientes y la
instalación de la red cloacal; luego al interior de cada construcción se
retirará 10 cm de tierra, se compactará la superficie, se colocará un film
aislante, se rellanará y compactará nuevamente y luego se harán los
contrapisos.

La instalación de la red de agua se hará aérea y en caso de ser necesario
llevarla por tierra se las llevará por canales de hormigón que las
mantengan aisladas de la tierra en profundidad.

6. 2. Etapas de urbanización del predio y construcción de viviendas y
equipamiento comunitario con remediación.

Proponemos que los trabajos constructivos se inicien en el sector del
predio que está entre las calles Fernández de la Cruz, Escalada y el
paredón actualmente ocupado por la Policía Federal. Una vez finalizada
las obras y adjudicadas las viviendas, se dará lugar al inicio de obras de
construcción en el sector que ha quedado desocupado por las familias
adjudicatarias. (ver plano siguiente)

[1]En la Corriente Arquitectónica de “Vivienda y Urbanismo Social” esto
se llama Vivienda Productiva porque permite producir una gran serie de
usos alternativos productivos y recreativos. Es que para esta Corriente
Social del Pensamiento Arquitectónico al servicio de las necesidades
populares, cada familia debe tener la posibilidad de ordenar su espacio
individualizadamente como quiera y darle a cada m2 el uso que crea
necesario en cada momento de su vida familiar.

De la misma manera los espacios abiertos y comunes: espacio verde abierto
en planta baja y espacio de azotea tienen las mismas posibilidades y usos
socialmente individualizados para cada 8 departamentos.

Nuevo Proyecto

6.3. Viviendas transitorias: en el proceso de remediación y construcción
el Gobierno de la Ciudad garantizara la provisión de viviendas
transitorias para todas las familias que se encuentran en el predio,
garantizando los servicios de luz, agua, baños, gas y atención de la
salud.

Se localizaran a partir de acuerdos de trabajo con la Mesa de delegados
del Barrio Papa Francisco.

Nuevo Proyecto

Elaborado por los profesores Arqs. Fermín Estrella, Beatriz Pedro y
Mauricio Contreras.

[1] El Taller Libre de Proyecto Social es una cátedra libre en la Facultad
de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la UBA, fundada en el 2002 y
reconocida como cátedra por el Consejo Directivo en el 2006. Busca llegar
con la arquitectura y el diseño a los lugares a los que no ha llegado.
Integra formación, investigación y extensión articulando acuerdos de
trabajo con organizaciones territoriales. Ver www.tlps.com.ar

El trabajo se realizó por Profesores del Taller Libre de Proyecto Social,
Arqs. Fermín Estrella , Beatriz Pedro y Mauricio Contreras, también
profesores de grado y posgrado de la Facultad de Arquitectura, Diseño y
Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires.

La Universidad en sus estatutos fija como una de sus obligaciones el
estudio y asesoramiento para la resolución de los problemas que aparecen
o se mantienen sin solución en el área de influencia de esta casa de
estudios en cada una de sus disciplinas particulares y a nivel nacional.

[2]Informe Público del Médico responsable de la Sala de Atención primaria
de la Villa 20 a la Comisión de Vivienda de la Legislatura de la CABA.

[3]Esta corriente llama Urbanismo Social al Diseño
Urbano-territorial-ambiental cuyas pautas principales primeramente son
el mejoramiento de la calidad de vida socio económica y cultural
respetando los patrones de avecinamiento, valor agregado social urbano,
escala humana en la gradación de zonas urbanas ,generación de trabajo
permanente, provisión de alimentos, uso de energías renovables ,
tratamiento de desechos en origen, provisión del Equipamiento Social y
Servicios Urbanos no prescindibles para las familias involucradas en un
todo de acuerdo con las razones e intenciones que requiere la
Declaración de Derechos Humanos de NNUU suscripta por la Nación
Argentina.

[4]En la Corriente Arquitectónica de “Vivienda y Urbanismo Social” esto
se llama Vivienda Productiva porque permite producir una gran serie de
usos alternativos productivos y recreativos. Es que para esta Corriente
Social del Pensamiento Arquitectónico al servicio de las necesidades
populares, cada familia debe tener la posibilidad de ordenar su espacio
individualizadamente como quiera y darle a cada m2 el uso que crea
necesario en cada momento de su vida familiar.

De la misma manera los espacios abiertos y comunes: espacio verde abierto
en planta baja y espacio de azotea tienen las mismas posibilidades y usos
socialmente individualizados para cada 8 departamentos.

COMENTARIOS
síganos en Facebook